
INCREMENTO SALARIO MÍNIMO, VITAL Y MOVIL – RESOLUCIÓN Nº 15/2023
Por medio de la Resolución Nº 15/2023 del Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil publicada en el BORA en el día de la fecha, se establece el Salario Mínimo, Vital y Móvil, para todos los trabajadores comprendidos en el Régimen de Contrato de Trabajo, en el Régimen de Trabajo Agrario, de la Administración Pública Nacional y de todas las entidades y los organismos del Estado Nacional en que este actúe como empleador, excluidas las asignaciones familiares, en las sumas que a continuación se detallan:
A partir del 1 de Octubre de 2023, en $132.000 mensuales y $ 660,00 por hora
A partir del 1 de Noviembre de 2023, en $146.000 por mes y $730,00 por hora
A partir del 1 de Diciembre de 2023, en $156.000 por mes y $780 por hora
Asimismo, la Prestación por Desempleo será equivalente a un 75% del importe neto de la mejor remuneración mensual, normal y habitual del trabajador en los 6 meses anteriores al cese del contrato de trabajo que dio lugar a la situación de desempleo, y en ningún caso la prestación mensual podrá ser inferior al 50% ni superior al 100% del Salario Mínimo Vital y Móvil vigente.
