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Paro 7 de julio

PARO DEL 7 DE JULIO – NO HABRÁ DESCUENTOS PARA LOS TRABAJADORES AFECTADOS

Por medio de la Resolución Nº 887/2023 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, se establece que los trabajadores afectados en su movilidad a los fines de la concurrencia a sus puestos de trabajo como consecuencia de las medidas tomadas en el paro del 7 de julio, conservarán el derecho al goce íntegro de sus ingresos habituales.

Asimismo, los trabajadores comprendidos deberán acreditar dicha condición ante su empleador, debiendo en caso de divergencias interpretativas, resolverse la cuestión por la vía del diálogo social entre empleadores, o sus representantes, y las organizaciones representativas de trabajadores.

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