AFIP – LEY BASES – REGLAMENTA EL RÉGIMEN DE PROMOCIÓN DEL EMPLEO REGISTRADO
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), por medio de la Resolución General Nº 5577,
publicada en el BORA del día de la fecha, establece los requisitos, plazos y demás condiciones que deberán
observar los empleadores para solicitar la adhesión al Régimen de Promoción del Empleo Registrado,
establecido por el Título IV de la Ley 27.742, y reglamentado recientemente por el Decreto 847/2024
(comunicado en Info@Borlenghi Nº 7527 del día de ayer).
Asimismo, quedarán comprendidos en el Régimen de Promoción del Empleo Registrado, los empleadores
del sector privado que registren a sus trabajadores o rectifiquen la real remuneración o la real fecha de
inicio de las relaciones laborales iniciadas con anterioridad al 5 de julio de 2024 y vigentes a la fecha de
adhesión.
En síntesis, el organismo fiscal dispuso la medida para que empleadores rectifiquen los vínculos con sus
empleados y sus remuneraciones, entre otros asuntos.